RAZÓN PÚBLICA Y DEBER DE CIVILIDAD EN LA JUSTIFICACIÓN MORAL Y POLÍTICA DEL PRINCIPIO IGNORANTIA IURIS NON EXCUSAT
Palabras clave:
Pluralismo, Razón pública, Deber de civilidad, Deber de informarse, error de DerechoResumen
El trabajo se interroga si el hecho de vivir en un marco democrático proporciona alguna justificación particular al principio ignorantia iuris non excusat. La investigación elige la filosofía política de John Rawls como el marco teórico más explicativo de nuestros principios constitucionales básicos. Dentro de este marco, se examinan las siguientes ideas: el punto de partida pragmático, el hecho del pluralismo, el punto de vista de la razón pública y el deber de civilidad. El análisis revela que, en un Estado democrático, sobre los ciudadanos pesa un deber de resolver los conflictos sociales movilizando únicamente razones que todos puedan reconocer como relevantes y legítimas. Rawls identifica estos argumentos con las normas del sistema jurídico, de donde se infiere el deber de informarse del contenido de las normas previstas para resolver los conflictos en los que el ciudadano se vea envuelto. El ensayo termina con una caracterización de este deber y de su ámbito de aplicación