Reflexiones sobre la inviolabilidad de la Corona en el Estado Democrático de Derecho
DOI:
https://doi.org/10.36151/td.2021.019Palabras clave:
Constitución, corona, rey, Monarquía parlamentaria, jefe del Estado, pacto constitucional, inviolabilidad, símbolo, integración, función representativa, estatus jurídico del jefe del Estado, posición constitucional jefe del Estado, refrendo, reforma constitucional, procedimiento agravadoResumen
La Monarquía parlamentaria y la posición constitucional del monarca son elementos del pacto constitucional de 1978. La inviolabilidad ha integrado históricamente el estatus jurídico del rey y se ha conservado en el modelo de monarquía parlamentaria establecido en la Constitución. La mayor parte de la doctrina y la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional (SSTTC 98/2019; y 111/2019) han entendido la inviolabilidad como absoluta, material y temporalmente, atendiendo a la posición constitucional del jefe del Estado y a la función de la Corona en el régimen constitucional. Se sostiene que siempre será compleja la adaptación de una institución de tradición y que, aunque la monarquía ha sobrevivido por su plasticidad, la decisión de conservar la inviolabilidad o la reducción de su carácter absoluto debe ser prudencial y política. En todo caso, su modificación exigiría la reforma del art. 56.3 CE a través del procedimiento agravado del art.168 CE.
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