LA APARENTE IRRELEVANCIA DE LA PRUEBA ILÍCITA EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
Palabras clave:
Prueba ilícita, intimidad, derecho a no autoincriminarse, prohibición de tortura, derecho a un juicio justoResumen
En algunas decisiones recientes, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos parece haber empezado a apartarse de algunas de las doctrinas que conformaban el acervo común europeo en materia de derechos humanos. Concretamente, los últimos pronunciamientos acerca de la eficacia en juicio penal de las pruebas obtenidas con vulneración de los derechos humanos plantean nuevas cuestiones acerca de la estructura y contenidos del Convenio Europeo (CEDH). Cuestión clave es determinar la relación entre los artículos 3, 8 y 6. El Tribunal no ha llegado a establecer una doctrina estable y convincente acerca de los efectos que la violación de cada uno de estos preceptos tiene sobre la efectividad de los otros. Pese a que en algunas Sentencias se reconoce que sí existe tal relación, no se ha establecido aún un canon o unos principios que permitan resolver los casos sobre los efectos que ha de tener la vulneración de los derechos reconocidos en el CEDH.