SOBRE LA DISTINCIÓN DE GÜNTHER JAKOBS ENTRE “DERECHO PENAL DEL CIUDADANO” Y “DERECHO PENAL DEL ENEMIGO”

Autores/as

  • Manuel Jiménez Redondo

Palabras clave:

DERECHO PENAL DEL CIUDADANO, DERECHO PENAL DEL ENEMIGO, PERSONA, PENA, EGEL, KANT

Resumen

En el artículo se analiza y se pone en cuestión la distinción entre dos tipos de derecho penal que Günther Jakobs establece en su artículo “Derecho penal del ciudadano y derecho penal del enemigo” (2003, 2004). Por una parte, esa distinción es una distinción confusa que no se sostiene precisamente ante los referentes clásicos a los que Jakobs apela. Y por otra parte es una distinción que no hace sino tapar algunos importantes problemas relacionados con los límites del derecho penal, a los que esa distinción parece referirse. Con intención sistemática, en el artículo se recurre a los conceptos de persona y pena de la “Filosofía del derecho” de Hegel, a conceptos básicos de Sobre la paz perpetua de Kant, a la discusión clásica sobre el concepto de bellum punitivum, y también a El concepto de lo político de Carl Schmitt, para mostrar que la distinción de Jakobs, al no tener el alcance y capacidad de diferenciación que tienen los conceptos clásicos a los que recurre, confunde aspectos que precisamente en Derecho penal es importante mantener separados

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Publicado

25-05-2020

Cómo citar

Jiménez Redondo, M. (2020). SOBRE LA DISTINCIÓN DE GÜNTHER JAKOBS ENTRE “DERECHO PENAL DEL CIUDADANO” Y “DERECHO PENAL DEL ENEMIGO”. Teoría & Derecho. Revista De Pensamiento jurídico, (4), 191–206. Recuperado a partir de https://ojs.tirant.com/index.php/teoria-y-derecho/article/view/297